lunes, 13 de diciembre de 2010

Estatuto Departamental: el debate pendiente de la sociedad cruceña

La gobernación electa, la Asamblea Legislativa Departamental, como poderes ejecutivo y legislativo del departamento autónomo de Santa Cruz, los movimientos sociales, indígenas, campesinos, cívicos, los colectivos de mujeres, la coordinadora de autonomías, deberían organizar y promover este debate e iniciar el proceso de adecuación del Estatuto Autonómico Cruceño a la Constitución. Solo así, el proceso de autonomía departamental podría avanzar.

En el Espacio de Reflexión Interdisciplinar Santa Cruz (ERI-SC) se advierte que Bolivia vive una coyuntura muy distinta a cuando se realizó y se votó por los Estatutos Autonómicos Departamentales en los 4 departamentos de la denominada “media luna” (Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija).

La realidad actual marca que los Estatutos Autonómicos Departamentales deben adecuarse a la Constitución Política del Estado, tal como lo establece la misma CPE en el parágrafo II de su tercera disposición transitoria y la Ley Marco de Autonomía y Descentralización en su artículo 61, parágrafo I, numeral 2.

Es en esta perspectiva que deben entenderse y realizarse los debates y las propuestas en torno al proceso autonómico que se vive en Bolivia.

Extrañamente, algunas posturas en torno, sobre todo, a la autonomía departamental parecen estar encaminadas por rutas que se apartan del rumbo legal y constitucional.

Sin embargo, las opciones radicales, representadas por la corriente encabezada por Juan Carlos Urenda, que proponían reformar la Constitución antes que adecuar los Estatutos Autonómicos Departamentales, parecen haber perdido apoyo popular (en las elecciones departamentales de 2010 Urenda participó con la agrupación ciudadana Todos por Santa Cruz, obteniendo el 4,5% de la votación en el departamento) e incluso de la misma institucionalidad cruceña.

En el ERI-SC se considera que la Asamblea Legislativa Departamental debe ser un espacio para los debates y consensos sobre la adecuación del Estatuto, permitiendo una amplia participación de los diversos sectores de la sociedad cruceña.
Se constata además que varias instituciones y organizaciones vienen trabajando en la elaboración de propuestas para readecuar e enriquecer el Estatuto. Por ejemplo, la Coordinadora Interinstitucional de Derechos Humanos de Santa Cruz, Defensa de Niñas y Niños Internacional (DNI), la alianza de organizaciones sociales Bloque Oriente-Amazónico, la Asociación de Comités de Vigilancia de Santa Cruz, entre otras, tienen propuestas en la perspectiva señalada. Sin embargo, se evidencia la poca socialización y debate amplio de dichas propuestas.

El ERI-SC considera que en la medida en que no se inicie el proceso de adecuación de los Estatutos a la CPE, la implementación efectiva de la autonomía se irá retrasando.

La CPE y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización establecen la adecuación de los Estatutos Autonómicos de los Departamentos de Tarija, Santa Cruz, Beni y Pando. Se advierte que nada que esté en contradicción con la Constitución Política del Estado podrá estar en los Estatutos, por una primacía jurídica lógica.

Sin embargo, se percibe que intereses políticos van frenando deliberadamente esta tarea de adecuación. Es por eso que las iniciativas de las organizaciones de la sociedad civil son importantes para generar un amplio debate plural e incluyente para que la implementación de las autonomías sea una realidad.

Actualmente la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz exhibe diferentes posiciones respecto al curso que se le debe dar al proceso de adecuación del Estatuto Autonómico. Por un lado, los representantes de las organizaciones sociales proponen un nuevo proceso de construcción participativa del estatuto y por otro lado, los representantes de las fuerzas políticas mayoritarias (VERDES y FRENTE AMPLIO), afines al actual gobernador, defienden la vigencia del estatuto autonómico que en mayo de 2008 fue sometido a referéndum departamental.

Para muestra basta un botón: Análisis del Régimen de Justicia en el Estatuto Autonómico de Santa Cruz

En el cuarto conversatorio del ERI-SC, realizado el 18 de noviembre de 2010, se profundizó el contenido del Estatuto Autonómico Departamental de Santa Cruz, en su capítulo referido a la administración de justicia, sobre el cual se llegó a la conclusión de que se contrapone directamente a lo establecido por la CPE.
Ante esta situación el ERI-SC considera que, en lo que se refiere a la administración de justicia, la adecuación del Estatuto Autonómico cruceño deberá partir prácticamente de cero.

A manera de ejemplo de la profunda contradicción entre el Estatuto autonómico departamental y la CPE, el Art. 143 del Estatuto establece:

“I. La Corte Superior de Distrito de Santa Cruz es la última instancia jurisdiccional y dicta Sentencias con autoridad de cosa juzgada en aquellos procesos en que el derecho aplicable de manera preferente sea el derecho autonómico cruceño, es decir, en aquellos procesos que versen sobre las materias de competencia exclusiva del Departamento, de acuerdo al presente Estatuto”.

Esta disposición está en franca contraposición con lo que instituye la CPE, que indica que la administración de la justicia es una competencia exclusiva del gobierno central.

Para el ERI-SC resulta igualmente preocupante que los Estatutos Autonómicos de nuestro departamento no contemplen la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción agroambiental, lo que demuestra las marcadas diferencias entre Estatuto cruceño y la CPE.

Temas de fondo a debatir


En el Espacio de Reflexión Interdisciplinar Santa Cruz se advierte la existencia de temas claves, en torno al proceso autonómico, que deben debatirse con prontitud y un sentido democrático, como ser:

1. La Constitución Política del Estado tiene una nueva visión de país, Estado Plurinacional con autonomías, que incluye los derechos de los sectores tradicionalmente marginados, por lo que un simple maquillaje al estatuto autonómico departamental cruceño no bastará.

2. El Estatuto Autonómico Departamental Cruceño no reconoce la democracia comunitaria, la autonomía indígena, derecho a la participación y consulta, justicia comunitaria, entre otros derechos colectivos de los pueblos indígenas que están reconocidos por la CPE.

3. El Estatuto Autonómico Departamental Cruceño no explicita la necesidad de proteger el derecho a una vida libre de violencia en la sociedad, ni se compromete a prevenir y sancionar la violencia de género, tampoco, reconoce el valor económico del trabajo de la mujer.

4. En relación a la tierra y bosques el Estatuto Autonómico otorga competencias exclusivas para su administración al Gobierno Departamental, por su parte, la CPE establece que la administración de estos recursos es competencia exclusiva del Estado Central. Este tema es uno de los telones de fondo de la polarización política entre los gremios cívico-empresariales del oriente boliviano, con el gobierno nacional.

EL ERI-SC propone:

1. Enmarcado en la CPE y Ley de Autonomías y Descentralización priorizar el análisis, debate y la generación de propuesta sobre la adecuación del Estatuto Autonómico Departamental de Santa Cruz.

2. Articular una plataforma departamental para impulsar un proceso abierto de análisis, debate y concertación de una propuesta alternativa sobre adecuación del Estatuto Autonómico Cruceño y desde este espacio incidir en distintos ámbitos de la sociedad cruceña y en los poderes públicos.

3. Difundir y coordinar las propuestas que están trabajando distintas instituciones y organizaciones.

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